Por Andrés Felipe Giraldo L.
En Colombia se ha instalado como un referente cultural la idea de que la sanción más efectiva para castigar el delito es la cárcel. Por eso en las campañas políticas de todos los sectores ideológicos un gancho electoral efectivo es prometer penas más severas para los delincuentes con más años de cárcel para mayor cantidad de delitos. El eslogan gubernamental de “el que la hace la paga” y el mismo plebiscito contra la corrupción que naufragó porque no alcanzó el umbral pero cuyos puntos se siguen debatiendo en el Congreso, tienen como bandera a la cárcel como el mecanismo por excelencia para castigar el crimen. En esta misma dirección, la insistencia de diversos movimientos para imponer la cadena perpetua en casos de delitos contra los infantes que resurge cada vez que un crimen atroz se lleva la vida de un niño o una niña inocente, profundiza el populismo punitivo que se promueve en el país.
Sin embargo, algunos sectores de la justicia, el gobierno, la academia, la intelectualidad y en algunos grupos sociales, se empiezan a cuestionar sobre la eficacia, eficiencia y efectividad de las cárceles como un mecanismo que en realidad le aporte a la seguridad, a la tranquilidad y a la paz para la sociedad. Como producto de estas reflexiones, más el resultado de algunos estudios e investigaciones oficiales, de ONGs y académicos, se está evidenciando el carácter contraproducente de la pena privativa de la libertad para aportarle a una sociedad más pacífica y segura. Por el contrario, estos estudios e investigaciones están demostrando que las cárceles se han convertido en escuelas del crimen y que incluso desde allí operan bandas criminales de gran envergadura que con sus tentáculos en el exterior logran seguir cometiendo delitos atroces. Además, el carácter resocializador de la pena privativa de la libertad ha perdido vigencia no solo por los resultados fatales sobre esta expectativa, sino porque desde el punto de vista de la doctrina contemporánea se reconoce la incapacidad de las cárceles para cumplir una tarea resocializadora por diversos motivos.
Sobre este tema le hice una entrevista al actual vicefiscal general de la Nación encargado, Jaime Camacho Flórez. El doctor Camacho Flórez es abogado de la Universidad Externado de Colombia y Doctor de la Universidad Alfonso X de España. Entre los diversos cargos públicos que ha ejercido, se destacan el haber sido director del INPEC en la década de los noventa y tener una carrera brillante en la Fiscalía General de la Nación. Además, ha sido un prestigioso abogado litigante en el Derecho Penal. Es profesor de varias universidades y una autoridad intelectual en temas relacionados con la política criminal.
A continuación la entrevista con el doctor Camacho Flórez.
Andrés Felipe Giraldo López: Doctor Camacho ¿Cómo lograr que en Colombia se pueda percibir de una manera distinta el castigo y que no sea la cárcel la única respuesta al delito y a la criminalidad en Colombia? ¿Qué opinión le merece a usted como abogado, como jurista y como vicefiscal general de la Nación, la intención de cambiar la narrativa sobre la pena en Colombia y que la gente entienda que hay otras formas de sanción que pueden ser más efectivas, más resocializantes y más útiles que la cárcel?
Jaime Camacho Flórez: Ciertamente la época no es muy propicia para el intento de convencer a las personas de que hay distintas maneras de reaccionar con respecto de conductas que se consideran dañinas. Hace ya muchos años los criminólogos venían proponiendo un derecho penal mínimo, un derecho penal alternativo, pero si uno revisa las tendencias políticas e incluso el plebiscito contra la corrupción, siempre se considera a la cárcel como única opción. Si uno mira temas como la violencia de género o la violencia intrafamiliar, se tiene a la cárcel como única opción. Tratar de deconstruir ese paradigma tiene que empezar por debajo, antes que las decisiones políticas, porque hoy las decisiones políticas que producen votos, que producen rating, son las que proponen aumentos de penas y cárcel como única respuesta. Tiene que ser un proceso muy lento, muy paciente y muy en la base de la sociedad, de las escuelas, en las universidades y en los centros de resolución de conflictos. Definitivamente cada persona que vea resuelto un conflicto satisfactoriamente para sí y para la otra parte, va a ser un pregonero de la alternativa.
AFGL: ¿Usted por qué cree que a nivel cultural en Colombia se ha instalado la sensación de que justicia es igual a cárcel, de que no hay otra forma de resarcir el daño a la sociedad de un delincuente si no es yéndose a una cárcel? ¿Por qué de alguna forma se ha arraigado eso en el inconsciente colectivo y qué impacto ha tenido eso en la sociedad?
JCF: El tema puede ser mucho más profundo y más complicado porque podría estar ligado incluso hasta el instinto de conservación de la especie. Toda especie animal tiende a conservarse y en esa medida tiende a repeler la agresión. La especie humana le agrega un plus y es que no le basta con repeler la agresión sino que tiende a causarle un mal equivalente o superior a quien ocasionó un daño y de ahí vienen las penas corporales y finalmente la cárcel como una especie de venganza hacia la persona que causó una agresión. Es muy difícil, a partir de allí, convencer a las personas de que hay otras maneras y que no necesariamente tiene que ser venganza la que va a resolver los conflictos individuales o sociales.
AFGL: El Estado tiende a hacerle creer a la gente que la cárcel brinda seguridad, es decir, que meter a los delincuentes a la cárcel le va a dar más seguridad a la sociedad ¿Usted cree que es así? ¿El Estado tiene razón al promover el populismo punitivo haciéndole creer a la gente que metiendo a los delincuentes a la cárcel brinda mayor seguridad?
JCF: El tema no se puede reducir a una actitud estatal, es una actitud social. Ciertamente no nos hemos inventado nada distinto ni mejor que la cárcel para delitos que definitivamente son muy graves y para los cuales en este momento sería muy difícil proponer alternativas. Lo que se puede hacer es buscar espacios de delitos cada vez menos graves pero más frecuentes en los que sí se pueda trabajar una actitud distinta que tiene que surgir desde la sociedad para que permee al Estado. En realidad estas no son políticas estatales que hayan salido de una voluntad estatal determinada, estos son procesos sociales que se van dando a través del tiempo, a través de los años, y que hay que superarlos desde la propia sociedad.
AFGL: Hay dos experiencias recientes en Colombia que son la ley de justicia y paz que se concibió para la desmovilización de los grupos paramilitares y la Justicia Especial para la Paz que surge del acuerdo de La Habana del Gobierno con las FARC. Dentro de estos acuerdos la cárcel también tiene algún rol, pero se piensa la justicia de una manera diferente. Es decir, por ejemplo en el caso de justicia y paz las penas se reducen a ocho años de prisión y en el caso de la Justicia Especial para la Paz se abre una alternatividad de posibilidades que sustituyen a la cárcel y que relegan a la cárcel como única opción para cumplir la pena. La sensación que ha quedado en la gente a raíz de esta serie de concesiones que se hicieron tanto a los grupos paramilitares como a los grupos guerrilleros es que hay impunidad alrededor de esas políticas punitivas ¿Usted cree que esto es sinónimo de impunidad o esta es una buena forma de ir avanzando en el castigo de los delitos? Es decir, pregunto si estas son buenas experiencias ¿Qué puntos a favor y qué puntos en contra pueden generar como impacto en la política criminal este tipo de experiencias?
JCF: Con un poco más de perspectiva histórica las dos experiencias a las que usted alude en realidad son superaciones de una historia de resolución en Colombia que se daba por la vía de la amnistía y los indultos. Usted recordará que hasta los años noventa el último proceso de paz, que se dice que funcionó con el M-19, no implicó ningún modelo de justicia transicional ni ninguna clase de pena, sencillamente amnistías o indultos como ocurrió durante todas las guerras civiles del siglo XIX en Colombia. En realidad, el modelo de justicia transicional surge como una alternativa de justicia para que no haya la total impunidad que implicaba las amnistías o los indultos. La pregunta interesante que habría que hacerse es frente al Derecho Internacional y frente a la sociedad es porque en esta ocasión no se pudo hacer igual que con el M-19 o como se hizo con los grupos guerrilleros de los años noventa que fueron incorporados a través de amnistías o indultos. Y nuevamente surge otra vez la necesidad del castigo como venganza así sea poquita y cuando es poquita entonces perciben ciertos sectores que hay impunidad. En realidad es una reacción transicional que puede ojalá conducir a una pacificación futura. Todavía no es tiempo de juzgar esas experiencias, pero esperemos que logren los objetivos. Yo creo que frente a los paramilitares en alguna medida se ha logrado, los grupos definitivamente disminuyeron, quedan por ahí unos cuantos reductos ligados a las economías ilícitas actuales y esperemos que con los grupos de las FARC la mayor parte logren la reinserción. En esa medida las penas alternativas pueden ojalá satisfacer esa necesidad hoy percibida, pero que en los años noventa no era tan percibida porque pudo hacerse con amnistías e indultos.
AFGL: ¿A partir de su experiencia como exdirector del INPEC, pudo notar la función resocializadora de las cárceles en las personas privadas de la libertad, es decir, las personas condenadas que cumplieron su pena y que volvieron otra vez a la libertad? ¿En términos generales, estas personas fueron resocializadas o la cárcel pudo haber tenido un efecto contraproducente en su readaptación a la sociedad?
JCF: La ideología resocializadora en realidad viene del positivismo penal y científico pero en la doctrina actual ilustrada ha sido ya abandonada porque es evidente que es imposible en un medio cerrado, como una especie de laboratorio, obtener resultados que no responden a las características institucionales. No es posible resocializar sistemáticamente en una institución cerrada de manera que hoy los autores modernos en general y de las fuentes que nosotros utilizamos, no sostienen esa ideología que queda solamente para los discursos, entre comillas, oficiales. Hoy la pena tiende a fundarse más en necesidades de prevención general, principalmente, pero ya casi nadie sostiene seriamente la ideología resocializadora.
AFGL: ¿Para usted qué es impunidad? ¿Cree usted que puede haber un sistema punitivo en donde se puedan impartir castigos, penas y sanciones sin necesidad de que hubiere cárcel?
JCF: La impunidad es una expresión que se utiliza para indicar que hay delitos que no se castigan. Ningún sistema del mundo tiene la capacidad de castigar todos los delitos que se cometen, entonces habrá mayor o menor impunidad dependiendo de la cantidad de delitos que realmente se castiguen. Respecto de la posibilidad de un sistema sin cárcel, efectivamente por los años setentas y ochentas estuvo de moda la teoría abolicionista que tuvo mucha fuerza en Holanda, en los países nórdicos y que se trasladó a Latinoamérica. Hoy creo que sería utópico el planteamiento, lo que sí sigue siendo posible es reducir su utilización. Recordemos que hace dos o tres años en Holanda estaban alquilando las cárceles justamente porque lograron una utilización mínima de ese mecanismo. Entonces no creo que hoy sea posible un sistema sin cárcel, pero sí creo que es posible tender hacia un sistema con menos cárcel.
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