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El Secretario de Tramparencia

Por Andrés Felipe Giraldo L.

En primer lugar, es responsable reconocer que este informe especial lo escribo desde la orilla de la indignación, porque soy el protagonista de esta historia. En segundo lugar, también debo reconocer la animadversión que siento por el Secretario de Transparencia de la Presidencia de la República, Camilo Enciso, a quien considero un funcionario público mediocre, conveniente, sesgado, arrogante y maltratador.

Esto lo digo a partir de la propia experiencia que tuve al ser consultor de esa Secretaría durante un año, desde agosto de 2015 hasta agosto de 2016, para elaborar y promover un proyecto de ley para proteger a denunciantes de actos de corrupción.

También debo aclarar que mis honorarios fueron pagados por una fundación extranjera con recursos de la Unión Europea y no hice parte de la nómina de la Secretaría ni tenía una relación de subordinación con el señor Enciso, muy a pesar suyo. Por eso declino de una vez la objetividad e imparcialidad de lo que acá les voy a contar, pero me comprometo plenamente con la veracidad, que estoy dispuesto a sustentar con documentos, grabaciones, correos electrónicos y lo que los lectores acuciosos consideren necesario para formar su propio criterio.

Fui seleccionado para asumir la consultoría en mención después de un proceso limpio. No tenía amigos que me recomendaran en esa Secretaría y fueron los representantes del Proyecto ACTUE Colombia de la Unión Europea y el propio Secretario de Transparencia quienes me escogieron a mí dentro de las hojas de vida en competencia, que para mi orgullo, eran realmente brillantes.

Empecé a trabajar el Proyecto de Ley de Protección a Reportantes de Actos de Corrupción con los insumos de una consultoría anterior, cuyos productos, según mi criterio, el cuál expresé mediante un documento a la supervisora de mi contrato, eran de resultados pobres y poco contribuían a la construcción de un sistema unificado de protección a denunciantes eficaz. Esa consultoría fue elaborada por una prestigiosa firma de abogados cuyo nombre prefiero reservar, a la cual se le pagó una suma importante con recursos de Eurosocial.

Entonces, hice mi primera propuesta de articulado del Proyecto de Ley. El Secretario de Transparencia revisó dicha versión en el mes de septiembre de 2015 y en una reunión con la supervisora del contrato me dio carta blanca para discutir, socializar, modificar y complementar dicha versión. Esta versión tenía dos pilares: Protección laboral y protección física.

La protección laboral para que el empleado del sector público o privado que se animara a reportar un acto de corrupción relacionado con su organización contara con las garantías necesarias para no perder su trabajo y para que no fuera acosado en el mismo, y la protección física para que, en caso de ser necesario, se protegiera la vida y la integridad del reportante. La protección laboral estaría a cargo del Ministerio de Trabajo y la protección física a cargo de la Unidad Nacional de Protección (UNP). Además, se disponía de un sistema de protección que contaría con un comité rector y una secretaría técnica, de tal manera que el usuario del sistema contara con respuestas ágiles, precisas y que de verdad se garantizara una protección integral al reportante.

En este orden de ideas, dicho articulado fue sometido a estudio y revisión del Ministerio de Justicia, de la Fiscalía General de la Nación, de la Procuraduría General de la Nación, de la Contraloría General de la República, del Ministerio de Trabajo y de la Unidad Nacional de Protección. Además, se compartió una versión con Transparencia por Colombia por ser la secretaría técnica de la Comisión Nacional Ciudadana de Lucha Contra la Corrupción (CNCLCC).

Los comentarios fueron numerosos y el interés en dicho proyecto era evidente, porque era necesario para la protección efectiva de los denunciantes de corrupción y, principalmente para el Gobierno, porque era un requisito de la Organización de Cooperación para el Desarrollo Económico – OCDE, para que Colombia pueda entrar a este selecto club de buenas prácticas.

Para hacer corta la historia, dado el espacio en los medios y la paciencia del lector, el proyecto tuvo siete versiones en su proceso de elaboración, fue socializado con las administraciones municipales, veedores y representantes de la sociedad civil de Anserma – Caldas, Bucaramanga, Medellín, Cartagena, Cali e Ibagué y se trabajó con las entidades que nombré anteriormente. Finalmente, los últimos comentarios se hicieron en una reunión el 11 de julio de 2016 con el objetivo de pasar el borrador al Consejo Nacional de Política Criminal, filtro necesario para cualquier proyecto relacionado con la política criminal del país. Y este lo es.

A pesar de que el proyecto estaba casi listo y que el mismo Secretario lo defendió en dicha reunión, por razones que aún desconozco, el Secretario me manifestó en un correo electrónico su descontento con el producto final, la inutilidad del mismo y el exceso de carga burocrática que implicaba y me apartó de su elaboración final. A mí y a la supervisora del contrato, que es su asesora directa y con quien trabajé hombro a hombro todo el proyecto sin que el Secretario hubiese aparecido para hacer comentarios o dar retroalimentación desde septiembre de 2015. Es decir, a pesar de que la estructura del proyecto no varió en sus pilares fundamentales ni en la concepción del sistema, la versión última del proyecto fue criticada y desechada por el Secretario que le había dado vía libre desde un principio. Santos diría que solo los idiotas no cambian de opinión. Yo pienso lo contrario, cuando las opiniones se cambian solo porque sí.

Finalmente, mi contrato se acabó en agosto de 2016 y yo decidí voluntariamente renunciar a la adenda que se me había ofrecido hasta diciembre de ese mismo año para continuar, porque no tenía sentido que yo siguiera cobrando si no me iban a permitir trabajar en el proyecto que yo había elaborado y del que se me había apartado de manera injusta, a pesar de los argumentos del Secretario que solo me dio después de 10 meses de trabajo continuo.

El borrador que yo presenté, además consideraba los valiosos aportes de una consultoría adicional que se le pagó a la experta Martha Badel quien sustentó desde el punto de vista técnico la pertinencia del proyecto y lo nutrió con importantes insumos como una encuesta de percepción a la ciudadanía sobre la protección a reportantes de actos de corrupción, investigó qué medidas y mecanismos se encontraban vigentes en este sentido en 18 entidades del Estado e hizo un estudio comparativo de varios países en América, Australia y Europa para poder adaptar los elementos que fueran pertinentes a nuestra legislación.

El Secretario con la arrogancia que le caracteriza, manifestó en la oficina que el proyecto sería radicado en el Congreso el 18 de agosto de 2016, cuando aún ni siquiera había pasado el filtro del Consejo Nacional de Política Criminal. Esa fecha no la cumplió. Ante la ausencia del trámite de dicho proyecto y con la convicción de que en realidad es necesario para el país, el 14 de octubre de 2016 radiqué un derecho de petición como ciudadano del común consultando el estado del proyecto. (Ver derecho de petición acá).

 

Se me dio una lacónica respuesta el 8 de noviembre, día en que se cumplía el plazo para el derecho de petición de la siguiente manera: “La Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República se permite dar acuso de recibo de la comunicación radicada con EXT16-00103141. Por lo anterior, le informamos que responderemos a su solicitud antes del 18 de noviembre de 2016, según los plazos establecidos por la Ley.” Ante semejante evasiva, amenacé con quejarme ante la Procuraduría acudiendo a su función de supervigilancia de los derechos de petición con lo que logré respuesta inmediata señalando que la demora se debía a que aún no sabían si el proyecto sería radicado por trámite ordinario o vía fast track. Finalmente, el 18 de noviembre de 2016 se me dio una respuesta oficial por parte del señor Enciso. (Ver respuesta acá).

El 18 de octubre de 2016 el Secretario anunció en la emisora la FM, en una información que misteriosamente desapareció del portal de esa emisora días después, que el Gobierno Nacional radicaría en noviembre tres proyectos de Ley: 1. El proyecto de protección a reportantes de actos de corrupción, 2. El estatuto de probidad y 3. La ley de beneficiario real para empresas. El Secretario agregó que los proyectos estaban siendo revisados por la OCDE y que una vez se contara con su aprobación serían radicados. Escribí a la OCDE para corroborar esta información. Qué decepción y sorpresa que el club internacional de las buenas prácticas no responda las peticiones que los ciudadanos de los países aspirantes a ser miembros le elevan. La OCDE nunca me respondió.

El caso es que ninguna de esas leyes fue radicada en el Congreso en noviembre de 2016. Por lo anterior, radiqué un nuevo derecho de petición el 15 de diciembre de 2016 preguntando a la Secretaría si esa información era verdad porque dada la respuesta anterior me resultaba contradictoria (ver derecho de petición acá).

La respuesta llegó unos días después firmada por el señor Enciso, dejando más incertidumbres que certezas. (Ver respuesta acá).

Finalmente, el Secretario de Transparencia anunció el jueves 2 de marzo de 2017 con bombos y platillos que el proyecto será radicado pronto en el Congreso y tramitado vía fast track, a pesar de que los temas anticorrupción no tienen que ver con la implementación de los acuerdos. El Secretario anota tajantemente que esto hace parte de los mismos y que la lucha anticorrupción está explícita allí. Dentro de esta lógica, todo, absolutamente todo, se podría tramitar por fast track. Hasta la reglamentación de los tratamientos psicológicos de quienes queramos encontrar la “paz” espiritual. Varios son los analistas que han evidenciado el abuso del fast track por parte del Gobierno. Pero más grave que el trámite forzado y arbitrario por el mecanismo corto de los proyectos de ley, lo que más me preocupa es que el proyecto fue completamente desnaturalizado.

En primer lugar, la nueva versión del proyecto no fue socializada con las comunidades ni trabajada con las entidades. (Pueden consultar con las organizaciones sociales si esta versión del proyecto se les compartió y con las entidades si este es el articulado que se concertó con éstas). Es un proyecto autárquico trabajado por el Secretario en su Despacho con alguna asesora sin mayor retroalimentación.

En segundo lugar, se está desconociendo completamente la sugerencia que se hizo en todos los escenarios en donde se debatió el proyecto de que no se otorgaran recompensas para los denunciantes de actos de corrupción porque este era un incentivo perverso que desconocía la necesidad de fortalecer la cultura de integridad de los ciudadanos que deberían denunciar no por un dinero sino por su deber moral de hacerlo además de su responsabilidad constitucional y legal. Pero no, el Secretario en su magnificencia y su sabiduría decidió lanzar el anzuelo de las recompensas y así está vendiendo el titular del Proyecto.

El Espectador lanzó la noticia de la siguiente manera: “Quiénes denuncien corrupción podrán recibir hasta $150 millones de recompensa” (Ver noticia acá: http://www.elespectador.com/noticias/nacional/quienes-denuncien-corrupcion-podran-recibir-hasta-150-millones-de-recompensa-articulo-682691).

En mi informe final de consultoría, que fue entregado a la supervisora del contrato el 4 de agosto de 2016, señalo explícitamente que el tema de recompensas no se sugiere por ninguno de los actores que intervino en el proceso. Cito textualmente lo que opinaron las entidades: “- Hubo consenso de las diversas entidades en que no es conveniente promover incentivos de tipo económico para los reportantes de actos de corrupción porque es un deber ciudadano denunciar toda conducta delictiva ante las autoridades competentes.

En este sentido, se sugiere promover otro tipo de incentivos orientados a vivienda, educación o trabajo que represente un bienestar tangible para el Reportante en el caso de que su reporte o denuncia sirva para recuperar o dejar de perder recursos del Estado”. Y esto fue lo que anotaron los actores en el territorio: “Entre las organizaciones de la sociedad civil y el sector privado también hubo consenso en que no es conveniente ofrecer recompensas de tipo económico a los reportantes porque podría ser un incentivo perverso que tendería a desnaturalizar el sentido de la Ley, promoviendo la falsa denuncia y la denuncia temeraria de personas inescrupulosas que quisieran valerse de los beneficios de la Ley para sacar provecho particular.” (Quien quiera ver el informe completo de la consultoría lo puede solicitar a la Secretaría de Transparencia o a la Fundación Internacional e Iberoamericana de Administración y Políticas Públicas – FIIAPP).

Sin embargo, el señor Enciso hizo caso omiso de estas advertencias y ahora la recompensa es el pilar fundamental de su política de protección a reportantes de actos de corrupción. Mis productos podrán ser criticados y soslayados por el Secretario, pero fueron aprobados por las distintas instancias de supervisión y pagados a satisfacción, lo que quiere decir que cumplí a satisfacción a la luz de los requerimientos del contrato.

En resumen y para terminar, estamos hablando de un proyecto al que se le invirtieron mucho más de 100 mil euros en tres consultorías desde el 2015 hasta el 2016, que se trabajó y se socializó durante más de un año con diversos actores, del que se presentaron tres borradores para análisis y selección del Secretario de Transparencia y ahora sale con un proyecto distinto, sin socializar ni compartir, que quiere embutir vía fast track en esta dictadura legislativa que se promueve desde el Gobierno nacional para pasar proyectos dudosos o controversiales de todos los asuntos y materias, tengan que ver o no con la implementación de los acuerdos.

Además, este proyecto no tiene estudio de viabilidad presupuestal por parte del Ministerio de Hacienda y como está planteado se sobrepone al Programa de Protección a Testigos de la Fiscalía General de la Nación, generando una duplicidad de funciones porque el denunciante además debe ser testigo para colaborar eficazmente con la justicia. Al menos es la lectura que se infiere de la frase del Secretario en El Espectador de “quienes denuncien corrupción deberán actuar bajo la buena fe, y deberán comprometerse a asistir a las audiencias y vinculación del proceso para evitar denuncias sin fundamento.”

Lo tengo que decir con claridad y asumo las consecuencias, el Secretario de Transparencia está haciendo trampa. Gestionó un proyecto y presentó otro, que aunque no lo conozco porque no hay acceso al articulado, por lo que se infiere de lo dicho en los medios, desatendió las sugerencias de los informes de al menos dos consultorías y echó a la borda un trabajo juicioso de todo un año para imponer su punto de vista sin más filtro que él mismo.

Todo lo acá dicho tiene un soporte documental. Si alguien está interesado en acceder a esta información, salvo la que es confidencial en virtud de la cláusula de confidencialidad que existe con la entidad contratante, estará a su disposición.

De sobremesa: Para los curiosos también pueden preguntar qué ha pasado con un proyecto al que se llamó “Ventanilla Única de Denuncias Contra la Corrupción” al que se le invirtieron más de 800 millones de pesos en una plataforma virtual elaborada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y la Comunicación y que aún no funciona por falta de voluntad política, habiendo sido anunciado desde 2013 por el Presidente de la República.

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