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Extinción de dominio fantasma

Por Andrés Felipe Giraldo L.

Cuando era un adolescente de 15 años, descubrí de una manera absurda el poder de la arbitrariedad. En el noticiero de la noche, mientras daban el resumen de goles de la fecha del fútbol colombiano, vi con total incredulidad un gol inexistente que el árbitro Manuel Castro le marcó a Independiente Santa Fe en contra del Deportivo Pereira. Hay que recordar que ese año, 1989, el campeonato fue suspendido por el asesinato del árbitro Álvaro de Jesús Ortega en la ciudad de Medellín, por orden de Pablo Escobar. 

Debo confesar, que en mi calidad de politólogo y periodista, me cuesta comprender el intringulis jurídico, legal y económico sobre lo que les voy a contar. Por lo anterior, dejaré planteadas más dudas que certezas sobre el asunto a tratar, con la promesa, eso sí, de que en los próximos avances contaré con mejores herramientas de Derecho y fácticas con el fin de explicar todo el contexto sobre este hecho puntual.

El 12 de junio de 2012 fue consignada en la Oficina de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte, una anotación absolutamente inverosímil, no solo por ilegal, sino por absurda.  Mediante auto 400-001866 del 22 de febrero de 2012, la Superintendencia de Sociedades dictaba, como no, de manera arbitraria, la extinción de dominio sobre un predio al norte de Bogotá llamado “Las Mercedes”, propiedad de Colbank banca de inversión. De acuerdo con el documento que se presenta en el encabezado, dicha extinción de dominio se falló en favor de un particular: “A: DMG GRUPO HOLDING S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL Y SUS ACUMULADOS”. Si bien la anotación especifica ya no tiene validez, lo que casi nadie sabe es que sí tuvo unas consecuencias perversas que hoy, ya culminando el año 2021, no se han podido subsanar.

La Ley de Extinción de Dominio o Ley 1708 de 2014 consagra de manera explícita que la titularidad de los bienes extinguidos pasarán al Estado, no a particulares, de la siguiente manera: “ARTÍCULO 15 Concepto. La extinción de dominio es una consecuencia patrimonial de actividades ilícitas o que deterioran gravemente la moral social, consistente en la declaración de titularidad a favor del Estado de los bienes a que se refiere esta ley (negrilla fuera de texto), por sentencia, sin contraprestación ni compensación de naturaleza alguna para el afectado”. Además, el artículo 11 de la misma ley garantiza la segunda instancia en estos procesos. Sin embargo, la Superintendencia de Sociedades dicta fallos de única instancia, retando a la Constitución misma y, además, en un exabrupto contra el equilibrio de poderes y la independencia de las Ramas del Poder Público, como todas las superintendencias, usurpan funciones judiciales siendo entes orgánicos de la Rama Ejecutiva.

De esta manera, vaya uno a saber cómo ni por qué, en 2012 la Superintendencia de Sociedades violó de todas las formas posibles la Ley de Extinción de Dominio para favorecer a un particular. Como ya lo hemos venido tratando en este portal en varias entregas, se ha revelado un cartel de liquidadores al interior de la Superintendencia de Sociedades. Una de las “liquidadoras estrella” (como la llamara el expresidente Juan Manuel Santos al confiarle el proceso de liquidación de la Dirección Nacional de Estupefacientes) de este cartel, es la señora María Mercedes Perry. La señora Perry es la gerente liquidadora de DMG y para nadie es un secreto que tiene serias influencias en la Superintendencia Nacional de Sociedades. Pues bien, allí nacen las suspicacias que podrían explicar el exabrupto jurídico que se concretó en junio de 2012 con esta extinción de dominio fantasma sobre el predio de Las Mercedes, que tiene una extensión de casi 28 mil metros cuadrados en una de las zonas más apetecidas de la Capital. Porque en términos coloquiales lo que se pudo haber logrado con esta extinción de dominio, en el caso de que no se hubiera conjurado el hierro judicial, era el robo de un predio avaluado en varios (no pocos) miles de millones de pesos en favor de un particular. Lo peor es que este intento de robo (o presunto, para no entrar en litigios) se hizo con la complicidad de una Entidad del Estado.

Por supuesto, los abogados de Colbank no se quedaron de brazos cruzados entregando mansamente el lote de Las Mercedes, y gracias a sus pleitos judiciales lograron deshacer este entuerto y ya gozan del derecho de propiedad de este predio, después de varios embargos y esta extinción de dominio fantasma. El resto del proceso lo iremos explicando en próximas entregas. Sin embargo, los daños ocasionados a los propietarios de este lote no se han podido remediar. No hay nada que comprometa la honra y el buen nombre de una persona, y más en Colombia, que alguno de sus bienes haya sido sometido a una extinción de dominio. Quitarse el letrero de delincuente después de esta mácula no es tarea fácil. Conseguir créditos en los bancos es toda una aventura, con finales no tan felices. Y un sin fin de perjuicios que hasta ahora ninguna entidad del Estado ha asumido. Poner en un documento tan corriente como un certificado de tradición inmobiliaria un letrerito de “esta anotación no tiene validez”, no repara en lo más mínimo el daño causado. Por lo tanto, no son pocas las demandas que se le han venido encima al Estado por cuenta de estos “errores” de la Superintendencia Nacional de Sociedades y la Superintendencia de Notariado y Registro, que, teniendo en cuenta los antecedentes y los personajes que están detrás de estas movidas, cuesta suponer la buena fe. 

Además, las acciones judiciales por parte de la Fiscalía General de la Nación van a paso de tortuga, tanto, que han sido los propios abogados penalistas de Colbank quienes han tenido que pedirle a la Fiscal 277 seccional de la Unidad de Fe Pública y Orden Económico que haga por fin la imputación de cargos a la señora María Mercedes Perry por los delitos de falsedad ideológica en documento público y fraude procesal, no solo por la actuación reseñada en este artículo, sino por muchas actuaciones más que son absolutamente inverosímiles.

En fin, como lo sugerí al inicio de esta columna, dejo muchas más dudas que certezas. Sin embargo, siguiendo con el parangón del gol fantasma de Santa Fe, vale la pena anotar que sirvió de poco, porque al final el Pereira le empató, y mucho más al final, ante tanta podredumbre y corrupción, el campeonato tuvo un final abrupto y sin campeón. Ojalá acá suceda algo parecido y en algún momento brille la justicia, porque detrás de todo esto están las víctimas de DMG que, después de 13 años, siguen siendo más víctimas que nunca, por culpa de una gerente liquidadora que poco le interesan los afectados. No es fácil deducir esto si DMG no se ha podido liquidar en todo este tiempo y lo único que ha dado ese proceso son problemas y pleitos judiciales. Saquen ustedes sus propias conclusiones. Nosotros seguiremos investigando.

 

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